Art. 17, fr. VI LFPIORPI
Vender joyas, oro o relojes te obliga a cumplir con la UIF
Joyerías del Centro Joyero, Plaza Tapatía y todo Jalisco.
¿Te aplica?
Situaciones en las que probablemente eres sujeto obligado
Joyas y relojes
Vendes joyería fina o relojes.
Oro y metales
Compras o vendes oro, plata u otros metales preciosos.
Efectivo
Tus clientes pagan en efectivo con frecuencia.
Acumulación
No sabes qué ventas se suman ni cuáles se avisan.
Diagnóstico gratuito · 2 minutos
¿Qué tan expuesta está tu empresa?
Responde unas preguntas y obtén tu semáforo PLD con las multas que corresponden a cada faltante. No pedimos datos para ver el resultado.
Qué hacemos
Nos encargamos del cumplimiento completo
- Alta en el SPPLD.
- Formato sencillo para identificar a tus clientes en mostrador.
- Control de ventas, acumulación y efectivo.
- Avisos mensuales e informes en ceros.
- Capacitación para tu personal de venta.
- Cuota fija mensual.
Por qué ahora
Dos fechas que cambian el costo de esperar
1/jun/2027
Entran los nuevos formatos de la UIF. Los avisos que se presenten desde entonces, aun de operaciones anteriores, usan el formato nuevo.
Art. 55
Si te corriges por tu cuenta y antes de una visita de verificación, la autoridad se abstiene de sancionar por única ocasión. Después de la visita, ese beneficio ya no aplica.
Cómo trabajamos
Tres pasos
Diagnóstico
Revisamos qué te aplica, qué tienes y qué falta. Sin costo.
Regularización
Alta, expedientes, avisos atrasados y escrito de autocorrección, con precio fijo.
Cumplimiento mensual
Avisos, informes, listas, expedientes y capacitación, con cuota mensual.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Tengo que identificar a todos mis clientes?
La ley fija un monto a partir del cual debes identificar al cliente y otro, más alto, a partir del cual presentas aviso. Las operaciones con el mismo cliente se acumulan en un periodo de seis meses.
¿Puedo recibir efectivo?
Hay un tope de efectivo para joyas, relojes y metales preciosos. Recibir más es infracción grave.
¿Qué pasa con los años en que no cumplí?
Lo no presentado prescribe a los cinco años; lo que no ha prescrito se puede regularizar. Si te corriges por tu cuenta y antes de una visita de verificación, la autoridad se abstiene de sancionar por única ocasión (art. 55 LFPIORPI).
¿Qué cambia el 1 de junio de 2027?
Entran en vigor los nuevos formatos de la UIF publicados en el DOF el 24 de septiembre de 2026. Los avisos que se presenten a partir de esa fecha, aun de operaciones anteriores, deben usar el formato nuevo.
¿Cuánto cuesta?
El diagnóstico inicial no tiene costo. Después te proponemos un precio fijo por la regularización y, si lo quieres, una cuota mensual por el cumplimiento continuo.
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